Tribunal supremo: empresas ganan margen en permisos por familiares enfermos
El Tribunal Supremo ha dado un giro inesperado a las interpretaciones sobre el permiso retribuido por cuidado de familiares enfermos, allanando el camino para que las empresas adapten sus políticas sin activar los mecanismos de negociación colectiva que exigen los sindicatos. Una decisión que, aunque no cierra el debate, sí consolida una postura que podría afectar a numerosos convenios laborales.
El giro legal tras la reforma de 2023
Desde la reforma laboral de 2023, los trabajadores tienen derecho a ausentarse del trabajo hasta cinco días con salario para atender a familiares con enfermedades graves, hospitalizaciones o intervenciones quirúrgicas. El nuevo fallo del Supremo, en la sentencia 172/2026, avala la decisión de TRAGSATEC de eliminar los días adicionales por desplazamiento que figuraban en su convenio colectivo, argumentando que la empresa simplemente se ajustó a la nueva normativa legal y no modificó sustancialmente las condiciones de trabajo.
Los sindicatos, en este caso, recurrieron la medida, alegando una merma de derechos que requería la activación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, el cual obliga a iniciar un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores ante modificaciones sustanciales. Pero el Supremo ha rechazado esa interpretación, argumentando que la actuación empresarial responde a la “imperatividad de la norma legal”.
Un detalle crucial: el tribunal matiza que cinco días laborables pueden equivaler a siete días naturales, dependiendo del sistema de cómputo anterior, lo que diluye la percepción de una pérdida real de derechos. Sin embargo, advierte que cada convenio colectivo debe analizarse individualmente para determinar si existe o no una pérdida efectiva de derechos, dejando la puerta abierta a futuras disputas.

Flexibilidad en el disfrute: más allá de los días
La noticia no termina ahí. El Tribunal Supremo también ha respaldado una interpretación flexible sobre cómo disfrutar de esos cinco días de permiso. RACE había intentado obligar a sus empleados a iniciar el permiso el primer día hábil posterior al evento y a disfrutarlo de forma consecutiva, pero el Supremo ha desestimado esta visión rígida, reconociendo el derecho del trabajador a modular el inicio y la distribución del permiso, siempre y cuando se facilite el cuidado efectivo del familiar. De hecho, resoluciones previas ya habían reforzado que los días deben computarse en laborables, no en naturales, ampliando el alcance real del permiso.
La resolución del Supremo, en definitiva, otorga a las empresas mayor flexibilidad para adaptar los permisos por cuidado de familiares, mientras que a la vez protege el derecho del trabajador a gestionar su tiempo de ausencia de la mejor manera posible. La pelota ahora está en el tejado de los convenios colectivos, que deberán actualizarse para reflejar esta nueva realidad.
La cifra habla por sí sola: la decisión podría afectar a miles de convenios laborales en España, redefiniendo el equilibrio entre la flexibilidad empresarial y los derechos de los trabajadores. El debate, lejos de estar cerrado, apenas comienza.
