¡Ojo! funcionarios jubilados pueden reclamar el 'plus por hijo' retroactivamente
La pensión de jubilación podría aumentar. Una sentencia del Tribunal Supremo abre la puerta a que funcionarios y otros trabajadores puedan cobrar un extra por cada hijo, incluso si la pensión se reconoció hace años.

¿Qué es ese 'plus por hijo' y quiénes pueden reclamarlo?
El complemento por hijo en la pensión, introducido para compensar el impacto de la maternidad/paternidad en la carrera profesional, existió entre 2016 y 2021. Inicialmente, solo se concedía a mujeres, una medida que los tribunales europeos ya consideraron discriminatoria. Ahora, el Tribunal Supremo ha ampliado su alcance a funcionarios jubilados entre 2016 y 2021, permitiendo que tanto hombres como mujeres soliciten el incremento, incluso simultáneamente.
El plus consiste en un porcentaje sobre la pensión, que varía según el número de hijos: 5% por dos, 10% por tres y 15% por cuatro o más. Esta bonificación se aplicaba a pensiones contributivas como la de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. La clave reside en que el complemento se aplicó a pensiones reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, período en el que estuvo vigente.
¿Pero quiénes pueden solicitarlo ahora? Principalmente, funcionarios del régimen de clases pasivas: Administración General del Estado, Justicia, personal militar. Para ello, deben haber accedido a una pensión contributiva reconocida entre esas fechas y tener dos o más hijos, biológicos o adoptivos. La jubilación voluntaria o parcial, en algunas interpretaciones, podría excluirse.
El complemento por hijo vigente a partir de 2021 es diferente: solo se concede a un progenitor y tiene una cuantía fija por hijo, pudiendo solicitarse desde el primer hijo. El antiguo complemento, aunque ahora reclamable, ya no está disponible para quienes se jubilaron a partir del 4 de febrero de 2021.
Muchos pensionistas no reclamaron el complemento entre 2016 y 2021 porque, en ese momento, el derecho a los hombres no estaba reconocido o la administración no lo ofrecía de oficio. Ahora, gracias a estas sentencias, muchos pueden optar a él, incluso con efectos retroactivos. La diferencia entre funcionarios y personal laboral radica en las vías de acceso (oposiciones vs. otros), la posibilidad de despido y, por supuesto, los salarios.
El importe final del plus depende del porcentaje aplicado a la pensión, según el número de hijos. Si tienes dudas sobre si cumples los requisitos, consulta con un asesor. La decisión del Tribunal Supremo abre una nueva etapa para miles de jubilados.
