Confirmado por el estatuto de los trabajadores: trabajar entre las 22:00 y las 6:00 da derecho a un plus salarial
En España, el Estatuto de los Trabajadores establece una serie de límites y garantías para proteger la salud y seguridad laboral de aquellos empleados que desarrollan su actividad durante la noche.

El trabajo nocturno se define entre las diez de la noche y las seis de la mañana
Para ser considerado trabajo nocturno, no basta con que un empleado realice sus labores en el horario mencionado; es necesario que al menos tres horas diarias se lleven a cabo dentro de ese tramo o que un tercio de la jornada anual se desempeñe en horario nocturno.
Entre las garantías establecidas por la ley se encuentran el límite de ocho horas diarias de promedio en un período de quince días y la prohibición de realizar horas extraordinarias, salvo en excepcionales circunstancias.
En compensación, estos trabajadores nocturnos tienen derecho a un plus salarial, que suele establecerse a través de convenios colectivos o acuerdos entre empresa y empleados.
Además, hay otros colectivos como menores de edad, trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia que no pueden realizar trabajo nocturno o deben solicitar cambios en su jornada si lo consideran necesario por motivos de salud.
